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VeriFactu8 de abril de 20263 min de lectura

Factura electrónica B2B en España: lo que ya sabemos del borrador de abril

El borrador de la Orden Ministerial publicado en abril despeja por primera vez el calendario y el modelo técnico de la factura electrónica obligatoria entre empresas. Repasamos qué cambia, cuándo y qué conviene hacer ahora.

Resumen ejecutivo: el 16 de abril el Ministerio publicó el borrador de la Orden que desarrollará la factura electrónica obligatoria entre empresas en España. Sin ser texto definitivo, despeja por primera vez el calendario y el modelo técnico que las empresas deberán adoptar.

Qué se publicó exactamente

El borrador desarrolla la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) en su parte de factura electrónica obligatoria entre empresas (B2B). Hasta esta fecha conocíamos la obligación a alto nivel; ahora tenemos la propuesta de cómo se materializará en infraestructura, plazos y formatos.

Conviene matizar: es un borrador, no la versión final. Puede sufrir modificaciones antes de su publicación en el BOE. Pero el sentido general y el calendario son ya razonablemente fiables.

Calendario propuesto

El texto plantea estas fechas:

  • 1 de octubre de 2026 — entrada en vigor de la Orden Ministerial.
  • 1 de octubre de 2027 — empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros.
  • 1 de octubre de 2028 — el resto: pymes, microempresas y profesionales autónomos.

Traducido a tiempos de adaptación reales: las grandes empresas tendrían un año desde la entrada en vigor, mientras que el grueso del tejido empresarial dispondría de dos.

Cómo funcionará: arquitectura del sistema

El borrador confirma un modelo dual:

  1. Plataforma pública de la AEAT como eje del sistema. Todos los intercambios de factura B2B pasarán por o serán visibles para esta plataforma.
  2. Plataformas privadas certificadas, autorizadas para operar como intermediarios de envío y recepción dentro del estándar.

En la práctica, esto significa que las empresas podrán seguir operando con su software o ERP habitual —siempre que sea uno certificado— mientras la AEAT recibe en paralelo la información estructurada de cada factura emitida y de su ciclo de vida (envío, aceptación, pago).

Lo más relevante del borrador

Más allá del calendario, los elementos que merecen atención son:

  • Formatos estructurados obligatorios: la factura B2B deberá emitirse en un formato técnico procesable, no como simple PDF. Tendrá que coexistir un esquema común que permita interoperar entre plataformas distintas.
  • Comunicación del estado y del pago: la obligación no termina al emitir. Hay que comunicar la aceptación, el rechazo y el pago de la factura. Esto entra en territorio que hoy gestionan ERPs y software de cobros, y que pasará a estar regulado.
  • Certificación de plataformas privadas: requisitos técnicos y de seguridad para que un proveedor pueda operar como intermediario válido. No cualquier software podrá emitir factura B2B una vez activa la obligación.

Qué hacer hoy

Aquí conviene calibrar el mensaje. El borrador no obliga a nadie a hacer nada inmediatamente. Las fechas reales para la mayoría de empresas son 2028. Cualquier proveedor que te diga que tienes que migrar ya, está vendiendo miedo.

Dicho esto, hay tres cosas razonables que sí puedes hacer ahora:

  1. Auditar tu situación actual: ¿qué software emite tus facturas hoy? ¿está su proveedor preparándose para certificarse? Si la respuesta no es clara, anótalo.
  2. Verificar el cumplimiento previo (VeriFactu): la obligación de VeriFactu (sistema de envío en tiempo real de facturación) ya tiene fechas más cercanas y es complementaria, no sustitutiva. Quien tenga VeriFactu resuelto llega con menos deuda técnica al B2B.
  3. No precipitarse en cambiar de software: el ecosistema de soluciones certificadas se cerrará en los próximos meses. Hoy nadie puede prometer certificación porque las condiciones aún no son finales.

Cómo lo gestiona BLWE

Para los usuarios de BLWE, la adaptación a la factura B2B no requerirá ninguna acción manual. La integración con la plataforma pública de la AEAT y la certificación como plataforma privada forman parte del roadmap del producto, alineado con los plazos oficiales. Cuando la Orden se publique definitivamente, los flujos de facturación ya estarán adaptados internamente — el cliente solo verá que sus facturas siguen funcionando.

Mientras tanto, conviene no perder de vista el calendario: es la primera vez que tenemos visibilidad real sobre cómo y cuándo cambia la facturación entre empresas en España.

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Factura electrónica B2B España: calendario y modelo del borrador de abril